Alérgenos en hostelería: ¿qué es obligatorio y qué no?
La norma es más corta que la confusión que la rodea. Si sirves platos no envasados, debes poder decirle a tu cliente, antes de que pida, cuáles de los catorce alérgenos legales lleva un plato. Cómo lo haces es cosa tuya, siempre que lo puedas demostrar.
La base es el reglamento (UE) 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor. El artículo 44 trata de los alimentos no envasados: justo lo que sirve una cocina de hostelería. España lo ha desarrollado en el Real Decreto 126/2015, con la AESAN y la sanidad de tu comunidad autónoma como responsables del control.